CERTIFICACIÓN ENERGÉTICA DE EDIFICIOS
EXISTENTES
La Certificación Energética de los Edificios
es una exigencia derivada de la Directiva 2002/91/CE. En lo referente a la
certificación energética, esta Directiva se transpone parcialmente al
ordenamiento jurídico español a través del Real Decreto 47/2007, de 19 de
enero, por el que se aprueba el Procedimiento básico para la certificación de
eficiencia energética de edificios de nueva construcción.
Este Real Decreto 47/2007, de 19 de enero,
entró en vigor el pasado 1 de noviembre: a partir de ahora es obligatorio poner
a disposición de los compradores o usuarios de los edificios un Certificado de
Eficiencia Energética.
En este certificado, y mediante una etiqueta
de eficiencia energética, se asigna a cada edificio una Clase Energética de
eficiencia, que variará desde la clase A, para los energéticamente más
eficientes, a la clase G, para los menos eficientes.
En el artículo 3 del citado Real Decreto, se
crea el Registro general de documentos reconocidos para la certificación
energética de edificios. Está adscrito a la Secretaría de Estado de Energía,
del Ministerio de Industria, Energía y Turismo, teniendo carácter público e
informativo.
En este registro se recogen los Documentos
reconocidos para la certificación de eficiencia energética. Éstos - que se
definen como documentos técnicos, sin carácter reglamentario- se crean con el
fin de facilitar el cumplimiento del Procedimiento básico descrito en el Real
Decreto y han de contar con el reconocimiento conjunto del Ministerio de
Industria, Turismo y Comercio y del Ministerio de Vivienda.
Por otro lado, y como su propio nombre indica,
el citado RD 47/2007 establece el procedimiento básico para la certificación de
eficiencia energética de edificios de nueva construcción. Ëste procedimiento
será desarrollado por el órgano competente en esta materia de la Comunidad
Autónoma correspondiente, encargado también del registro de las certificaciones
en su ámbito territorial, el control externo y la inspección.
Puede consultar cuanta información concierne a
su Comunidad Autónoma a través del organismo de contacto designado por la
misma. Más información en MINETUR.
Por otro lado, se está tramitando el proyecto
por el que se aprueba el procedimiento básico para la certificación de
eficiencia energética de edificios existentes. Borrador sometido a audiencia
pública del Real Decreto de Edificios Existentes
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